El 19 de diciembre de 2025, la Comisión Nacional Antimonopolio (“CNA”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el acuerdo mediante el cual se estableen las nuevas tarifas aplicables a las notificaciones de concentraciones, las cuales entraron en vigor el mismo día de su publicación.
Esta reforma representa un cambio significativo en el régimen de control de concentraciones en México, ya que la tarifa fija previamente aplicable de aproximadamente $240,000 pesos (USD$14,000)[1] fue sustituida por un esquema escalonado basado en el valor de la operación, con tarifas que ahora oscilan entre $880,000 y $6,000,000 pesos (aproximadamente USD $50,000 – $330,000) antes del correspondiente Impuesto al Valor Agregado (“IVA”), representando un incremento de casi 4 veces más en la tarifa inicial y de 25 veces más en la tarifa más alta.
Conforme al acuerdo publicado, el objetivo de estas nuevas tarifas es que la CNA pueda incrementar su patrimonio, a fin de fortalecerse financieramente, ampliar su autonomía de gestión y reducir su dependencia de recursos presupuestales. Este esquema de financiamiento resulta consistente con prácticas adoptadas por otros organismos públicos descentralizados, como el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, que utilizan mecanismos similares para asegurar su sostenibilidad operativa y administrativa.
Asimismo, se tomaron en cuenta prácticas implementadas por otras autoridades de competencia a nivel internacional para establecer tarifas escalonadas en función del nivel de la operación. Al respecto, la CNA señaló que este tipo de esquemas es una práctica común en países como Estados Unidos, España, Colombia y Portugal, donde las autoridades ajustan las tarifas conforme a la magnitud y características de las operaciones que analizan.
1. De una tarifa fija a un sistema basado en el valor
Bajo el nuevo régimen, las tarifas se calculan con base en el Valor Máximo Estimado de la operación en México (“VME”). Este enfoque se aparta del modelo anterior de tarifa fija y busca alinear el costo de la notificación con la magnitud económica del vínculo de la operación con México. Es importante destacar que el VME no se limita al precio de compra asignado a México, también toma en cuenta el valor de los activos adquiridos, capital social, entre otros.
Es importante destacar que el VME no se limita al precio de compra asignado a México, también toma en cuenta el valor de los activos adquiridos, capital social, entre otros.
[1]Los montos en dólares americanos se calculan con un tipo de cambio de $18.00 pesos mexicanos por dólar y se incluyen únicamente con fines de referencia.
2. Determinación del VME
Para efectos de calcular la tarifa aplicable, las partes notificantes deberán identificar el valor más alto que resulte de los elementos relevantes previstos en la legislación de competencia económica, los cuales pueden incluir, entre otros:
- La asignación de precio correspondiente a la porción mexicana de la operación (en sucaso);
- El valor de los activos que serán adquiridos en México; y
- El valor del capital social o de las participaciones accionarias que serán adquiridas en
- México.
La CNA ha señalado expresamente que el cálculo de la tarifa debe ser objetivo y debidamente sustentado, y no meramente declarativo.
3. Tarifas aplicables
La siguiente tabla, tal como fue publicada en el DOF, establece los nuevos rangos de tarifas con base en el VME de la operación en México:
3.1. Tarifas en pesos mexicanos.

3.2. Tarifas en dólares americanos

4. Notificaciones voluntarias
Este nuevo esquema contempla distintos intervalos de cobro que incluyen también las notificaciones voluntarias. En ese sentido, es por eso que el primer intervalo se fija desde $0.00 (cero pesos) hasta el monto correspondiente al primer umbral previsto en el artículo 86 de la Ley Federal de Competencia Económica, mientras que las operaciones que exceden dicho umbral se ubican en el segundo intervalo o en los subsecuentes, conforme al valor de la operación.
5. Revisión de la tarifa al cierre de la operación
La CNA podrá revisar la tarifa pagada al momento del cierre para confirmar que el cálculo del VME refleje el valor real de la porción mexicana de la operación a la fecha de cierre. En caso de identificarse discrepancias, la autoridad podrá requerir un ajuste en la tarifa.
6. Implicaciones prácticas
Este nuevo esquema de tarifas tiene las siguientes implicaciones:
- Incrementa de manera significativa el costo de las notificaciones de concentraciones enMéxico para operaciones medianas y grandes;
- Exige un análisis previo cuidadoso y una documentación robusta del cálculo del VME;
- Introduce consideraciones financieras y de calendario adicionales en la planeación de las operaciones; y
- Refleja un objetivo de política pública más amplio orientado a fortalecer la autonomía
- financiera de la CNA y reducir su dependencia del presupuesto federal.
El equipo de Competencia Económica de Garza Magdaleno, S.C. cuenta con profesionales especializados en esta disciplina con experiencia en el sector público y privado. Estamos a sus órdenes para atender y resolver dudas concretas. En caso de tener comentarios sobre esta publicación o preguntas adicionales, háganoslo saber. Será un placer asistirlos.
